desgravación fiscal del cónyuge inocente La semana pasada, el IRS presentó una propuesta de reglamento [Reg 132251-11] para ampliar el plazo para la Ayuda al Cónyuge Inocente, en lo que respecta a las solicitudes de ayuda equitativa, de 2 a 10 años desde la primera actividad de cobro. También pretende detener las actividades de cobro de las solicitudes de alivio equitativo que se estén tramitando. No se trata de una modificación de la solicitud de desgravación por “separación de responsabilidad” ni de la solicitud de desgravación por cónyuge inocente, sino sólo de una modificación de una de las formas de desgravación por responsabilidad solidaria con el IRS (que se explica más adelante).

Un poco de historia

En 2011, el Tribunal de Apelación del Séptimo Circuito dio la razón al IRS en cuanto a que el plazo para solicitar una compensación equitativa era de 2 años. La sentencia dio como resultado que un plazo razonable se define como un plazo de 2 años a partir de la fecha en que el IRS empieza a intentar cobrar. Este plazo está ampliamente aceptado como ley, aunque el caso no se aplicara legalmente a todos los circuitos. Sin embargo, el IRS respondió posteriormente que estudiaría las solicitudes de ISR pasados 2 años, pero no proporcionó un plazo real.

Esta última resolución, si se publica en el Registro Federal, permitirá a los contribuyentes solicitar la exención del cónyuge inocente hasta 10 años después de la fecha de inicio de las actividades de recaudación en virtud del artículo 6015(c). Esta resolución no sólo exime de la responsabilidad fiscal conjunta y solidaria, sino también a los que viven en estados con leyes de bienes gananciales (según el artículo 66). La normativa propuesta se aplicaría con carácter retroactivo a cualquier solicitud presentada después del 25 de julio de 2011.

Es importante tener en cuenta que el plazo de 2 años sigue siendo aplicable a las solicitudes de “Ayuda por separación de responsabilidad” y “Ayuda al cónyuge inocente”.

¿Qué es la exención del cónyuge inocente?

Cuando una pareja casada presenta una declaración de la renta conjunta, Hacienda considera a cada cónyuge responsable a partes iguales en concepto de responsabilidad solidaria. Esto significa que Hacienda puede cobrar a cualquiera de los cónyuges el total de la deuda tributaria pendiente, incluidas las sanciones y los intereses, aunque la sentencia de divorcio establezca que uno de los cónyuges es el único responsable. Muchos contribuyentes estadounidenses, especialmente las mujeres, son considerados responsables de los errores fiscales de su cónyuge o ex cónyuge cuando declaran conjuntamente. En muchos casos, uno de los cónyuges no es consciente de las obligaciones fiscales o de los errores fiscales hasta que finaliza el divorcio y empieza a recibir notificaciones de saldos fiscales pendientes del IRS o de los departamentos fiscales estatales.

Aquí es donde un mecanismo de resolución del IRS llamado “exención del cónyuge inocente” puede proporcionar un verdadero alivio fiscal a las personas que estuvieron casadas y a las que se hace injustamente responsables de los actos propios de su ex cónyuge. Existen tres tipos de exención de la responsabilidad “solidaria”.

  • Alivio del cónyuge inocente: proporciona alivio si el ex cónyuge no declara determinados ingresos o se reclaman incorrectamente créditos o deducciones fiscales.
  • Alivio equitativo – aplicable cuando un contribuyente no cumple los requisitos para los otros dos formularios con partidas no declaradas correctamente en una declaración de la renta conjunta y generalmente atribuidas a tu cónyuge. También puedes optar a esta desgravación si simplemente tienes impuestos impagados, pero las declaraciones de la renta se presentaron correctamente.
  • Alivio por separación de responsabilidad – Proporciona al contribuyente una forma de asignar los impuestos adeudados a un ex cónyuge (o cónyuge si está separado) por conceptos no declarados correctamente en una declaración conjunta. Los impuestos asignados al contribuyente que solicita la desgravación, sigue siendo responsable de los impuestos.

Como puedes ver, la reciente propuesta del IRS sólo se aplica a las “solicitudes de alivio equitativo”. Además, cualquier solicitud de devolución o pago en exceso con una solicitud de desgravación del cónyuge inocente sigue estando sujeta al plazo de prescripción de las devoluciones.

Si necesitas ayuda con la exención del cónyuge inocente, llámanos, ya que nuestro equipo fiscal tiene la experiencia que necesitas. Para más información sobre la exención del cónyuge inocente, consulta el Tema 205 del IRS.